Al mismo tiempo que en Irán, Sakineh Mohammadi Ashtiani, una mujer de 43 años, madre de dos hijos, se enfrenta a una muerte inminente por lapidación, después de que un tribunal la declarase culpable de haber mantenido una relación amorosa prohibida, por lo cual recibió además un castigo público consistente en 99 latigazos, muy lejos de allí, en la ciudad de Buenos Aires, el Congreso de la Nación debate una ley que pretende habilitar el derecho de contraer matrimonio a personas de un mismo sexo.
El Código Penal de Irán señala que el adulterio es un crimen y prevé un castigo de 100 latigazos para los hombres y mujeres que no hayan contraído matrimonio (aunque por lo general sólo las mujeres reciben semejante castigo) y la lapidación para quienes se hayan casado. Los casos de adulterio son probados por la confesión del propio acusado o por simple testimonio de cuatro testigos. Se trata de una aberración jurídica, sin duda alguna. Ninguna ley puede indicarle a una persona cómo debe sentir respecto de otra, no puede imponer amor, ni deseo, ni prohibir que se sientan o manifiesten estas expresiones, que son propias de la naturaleza humana.
Y sin embargo, con el matrimonio puesto como elemento en común, la coincidencia viene a demostrar una vez más que los extremos finalmente se tocan: tanto en Irán como en Buenos Aires se están sosteniendo sendas aberraciones jurídicas. Una por desconocer el derecho básico a sentir y perseguir el afecto por parte de los seres humanos, y la otra por pretender que es discriminar el hecho de defender una ley natural, esa que determina que solamente un hombre y una mujer puedan unirse para concretar el único fin real que puede justificar la existencia misma del matrimonio; esto es, ser un marco propicio para la reproducción de la especie humana.
Todas las personas tienen los mismos derechos.
Pero no todo es igual.
miércoles, julio 14, 2010
Dos extremos torcidos del Derecho
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